Crédito
Los clientes con cuenta corriente BancoPosta (personas físicas) pueden utilizar el procedimiento de conciliación para reclamos relacionados con – gastos y comisiones – monedas para pagos y créditos – monedas para retiros y débitos – condiciones de disponibilidad validación de cheques – otros gastos – cargos tributarios – tarjetas Postamat Maestro.
El procedimiento puede ser utilizado por:
- Cuenta corriente privada BancoPosta, por denuncias relativas a las Condiciones Económicas informadas en el «Documento Resumen de la Cuenta Corriente BancoPosta(sólo personas físicas)» vigente al momento de la ejecución de la operación objeto de la denuncia. El ámbito de aplicación del procedimiento de conciliación se refiere exclusivamente a los productos y servicios de Poste Italiane y no a los colocados por la empresa tras acuerdos de distribución con terceros.
- Los titulares de Postepaypor reclamaciones relativas a la denegación de transacciones realizadas con la Tarjeta.
La disputa se resuelve con equidad en caso de incumplimiento de lo dispuesto en las Condiciones Económicas según lo informado en el «Documento Resumen de la Cuenta Corriente de BancoPosta (solo personas físicas)», y en el contrato de Postepay, en el que surja el daño comprobado, derivado de un perjuicio probado de POSTE ITALIANE.
El consumidor puede tener acceso gratuito al procedimiento de conciliación cada vez que haya presentado una denuncia por escrito, haya recibido una respuesta de POSTE ITALIANE que considere insatisfactoria o no haya recibido ninguna respuesta en un plazo de 30 días.
La solicitud debe tener como objeto la misma cuestión planteada en la denuncia y no puede proponerse si han transcurrido más de 12 meses desde la presentación de la denuncia.
El trámite finaliza dentro de los 60 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. En caso de disputas particularmente complejas, la Comisión podrá, a su discreción, extender el plazo hasta un máximo de 60 días adicionales. La Secretaría informa al consumidor de esta prórroga y del nuevo plazo para la conclusión del procedimiento. Las actividades de conciliación se suspenden del 1 al 31 de agosto, por lo que el período mencionado se excluye del cómputo de los plazos. El plazo de prescripción se interrumpe desde el momento de la presentación de la solicitud y durante todo el trámite.
Desde 2011, un protocolo de conciliación conjunto ha estado activo entre UniCredit y las asociaciones colaboradoras de “Noi & UniCredit”.
El procedimiento permite a los clientes resolver disputas relacionadas con productos y servicios específicos proporcionados por el Banco:
- en el menor tiempo posible
- sin cargo (sin perjuicio del monto de cualquier cuota de membresía solicitada por la Asociación por la cual el Cliente es asistido)
- sin emprender acciones legales
Las disputas son examinadas por 3 comisiones conjuntas de conciliación integradas por representantes de asociaciones de consumidores y conciliadores bancarios con el objetivo común de llegar a una resolución extrajudicial de la disputa.
¿Quién puede solicitar la conciliación?
El Cliente (persona física), titular de una cuenta corriente, solo después de haber presentado una reclamación.
¿Cuándo puede recurrir a la conciliación?
El intento de conciliación puede realizarse si el Banco ha respondido de manera insatisfactoria a la queja o no ha dado respuesta a la queja dentro de los 30 días hábiles. El plazo es de 90 días para quejas relacionadas con servicios de inversión.
¿Para qué casos puede acceder a la conciliación?
El procedimiento de conciliación se puede solicitar para disputas exclusivas:
- cuentas corrientes
- tarjetas de débito
- servicio de cobranza y pago
El valor de las disputas no debe superar los 25.000 € y debe referirse a transacciones realizadas con posterioridad al 1 de enero de 2007.
SOLICITUD DE CONCILIACIÓN
Desde 2011, un protocolo de conciliación conjunto ha estado activo entre UniCredit y las asociaciones colaboradoras de “Noi & UniCredit”.
El procedimiento permite a los clientes resolver disputas relacionadas con productos y servicios específicos proporcionados por el Banco:
- en el menor tiempo posible
- sin cargo (sin perjuicio del monto de cualquier cuota de membresía solicitada por la Asociación por la cual el Cliente es asistido)
- sin emprender acciones legales
Las disputas son examinadas por 3 comisiones conjuntas de conciliación integradas por representantes de asociaciones de consumidores y conciliadores bancarios con el objetivo común de llegar a una resolución extrajudicial de la disputa.
¿Quién puede solicitar la conciliación?
El Cliente (persona física), titular de una cuenta corriente, solo después de haber presentado un reclamo.
¿Cuándo puede recurrir a la conciliación?
El intento de conciliación puede realizarse si el Banco ha respondido de manera insatisfactoria al reclamo o no ha dado respuesta al reclamo dentro de los 30 días hábiles. El plazo es de 90 días para reclamos relacionados con servicios de inversión.
¿Para qué casos puede acceder a la conciliación?
El procedimiento de conciliación se puede solicitar para disputas exclusivas:
- cuentas corrientes
- tarjetas de débito
- servicio de cobranza y pago
El valor de las disputas no debe superar los 25.000 € y debe referirse a transacciones realizadas con posterioridad al 1 de enero de 2007.